El elefante ambiental: transparencia, infraestructura, y derechos humanos

El 5 de agosto de 2021, el activista Vicente Suástegui fue secuestrado en Guerrero, una presunta víctima más del terror que enfrentan aquellos que defienden al medio ambiente y una señal de la violencia creciente del país. Aún no hay noticias sobre su bienestar. Su caso no es el único pues en 2021, al menos 28 defensores del medio ambiente fueron asesinados según datos del Centro Mexicano de Derecho Ambiental publicados por Infobae, que califica a México como uno de los países más peligrosos para estos activistas.

Las incertidumbres y las amenazas que viven los defensores del medio ambiente son consecuencia de las dos visiones del desarrollo que hay en el país. Por un lado, el gobierno tiene una perspectiva infraestructural y por lo tanto promueve la construcción o renovación de obras como la refinería Dos Bocas, el Tren Maya, o el aeropuerto Felipe Ángeles. Por otro lado, el marco normativo ambiental de México da mucho peso a los derechos humanos, tanto procesales como sustantivos.

Ilustración: Estelí Meza
Ilustración: Estelí Meza

Dos cambios en 2021 profundizaron este conflicto de visiones. Primero, el 22 de abril, el acuerdo regional Escazú entró en vigor con doce Estados miembros, entre los cuales México es uno. Escazú fortalece los derechos procesales conocidos como “Principio 10” —acceso a la información, derechos a participación informada en decisiones ambientales, y acceso a la justicia. El acuerdo también abarca mecanismos para asegurar la participación ciudadana, prevenir los recurrentes crímenes ambientales, promover la protección a defensores ambientales y a grupos vulnerables, y alentar la fortaleza de instituciones ambientales y de justicia. Pero los mexicanos gozan también de derechos sustantivos relacionados al medio ambiente, por ejemplo, el derecho a un ambiente sano, al uso de tierras indígenas tradicionales, entre otros. Estos derechos ya forman parte de la constitución mexicana y se encuentran en acuerdos de la ONU y el sistema interamericano.

Segundo, siete meses después de la entrada en vigor de Escazú, el 22 de noviembre, el gobierno declaró en el Diario Oficial de la Federación que la realización de proyectos y obras públicas ya son “de interés público y seguridad nacional”. En otras palabras, proyectos y obras como aquellos mencionados anteriormente serían de tal importancia que se podría eximir a los mismos de las reglas que permiten dar voz a la gente afectada. De esta manera, las poblaciones alrededor no tendrían oportunidad de recibir información y opinar sobre los posibles efectos perniciosos de estos proyectos.

El presidente López Obradador explicó que su decreto era para “empujar el elefante reumático y mañoso”. Es probable que la medida se tomó debido a que sus planes de infraestructura están demorados por demandas y por la normatividad ambiental vigente. Si bien, las obras públicas de infraestructura crean bienes comunes, promueven empleo y crecimiento económico, tienen un alto costo social y ambiental, y por ende necesitan pasar por procesos administrativos y legales. En ese sentido, varias agencias federales —por ejemplo, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y la Secretaría de Energía (Sener)— juegan un papel muy importante sobre la autorización de licencias y permisos. Están obligados a conducir un estudio de impacto ambiental riguroso con información disponible para los afectados y con la opción de que ellos participen en la toma de decisiones. También, implica el involucramiento del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) con información sobre el proyecto. La transparencia y el acceso a la información son críticos para una participación informada y el pleno respeto a los derechos humanos.

El requisito de emitir una manifestación de impacto ambiental hace una distinción entre proyectos grandes y pequeños, pero no distingue entre proyectos públicos y privados. De esta manera, el manejo de una inversión privada es igual a una inversión pública, sea refinería o tren o aeropuerto, porque ambos pueden tener un impacto negativo sobre comunidades locales, como la contaminación del agua, los derrames de hidrocarburos, la pérdida de tierras, entre otros.

Si bien, es cierto que la infraestructura pública tiene como fin la mejora del bienestar nacional, también es cierto que el no respetar a los derechos humanos socava el bienestar nacional. Como dice la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL): “Los derechos de acceso a la información, la participación pública y la justicia en asuntos ambientales constituyen una parte central de la relación entre el medio ambiente y los derechos humanos, y son la base de la democracia ambiental y la buena gobernanza”. Docenas de organizaciones no gubernamentales afirman que los proyectos que afectan a la seguridad nacional no deben de estar sobre los derechos humanos, el debido proceso, el principio de legalidad, y los derechos asociados a la salud y al medio ambiente.

Los conflictos socioambientales están aumentando en México y en otros países en América Latina. El Programa de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente informó que, a pesar del crecimiento de las instituciones y leyes ambientales, el cumplimento sigue siendo débil debido a recursos insuficientes, falta de voluntad política, entre otros problemas. Datos del Banco Interamericano de Desarrollo demuestran que en México la gobernanza ambiental tiene problemas graves. Sin un Estado de derecho ambiental, las injusticias y desigualdades políticas y socioeconómicas seguirán.

Los conflictos socioambientales ocurren por diversas actividades, legales e ilegales. Según un informe de la Due Process of Law Foundation junto con otras organizaciones, a causa de la debilidad de las instituciones y los marcos legales, las actividades de empresas canadienses de minería en América Latina son responsables de la violencia, la pérdida de tierras, y la criminalización de la protesta. Sin embargo, sus inversiones en muchos casos son protegidas por tratados internacionales que privilegian a los inversionistas sobre otros grupos, obviamente sobre las comunidades afectadas, pero también sobre agencias ambientales que tienen la responsabilidad de regular esas inversiones.

Otras actividades no tienen el mismo nivel de protección internacional, pero también resultan dañinas para el patrimonio ambiental del país. Por ejemplo, las inversiones turísticas en zonas costeras que han eliminado manglares en zonas protegidas. Las comunidades afectadas por estas actividades en muchos casos son grupos marginados y vulnerables, como los pueblos indígenas que dependen de los recursos naturales que están en esas tierras, lo que además pone en riesgo sus costumbres y tradiciones. Otros grupos afectados son las comunidades rurales que se dedican a la agricultura. No son grupos de interés nefastos y neoliberales, sus intereses son legítimos, y el Estado tiene la responsabilidad de proteger sus derechos. En muchos casos, estas comunidades carecen de las finanzas, experiencia, conexiones, conocimiento, información, y otros recursos para salvaguardar sus derechos y evitar las consecuencias nocivas del desarrollo. Se encuentran lejos —en muchos sentidos— de las instituciones de justicia.

Considerando este panorama, es incomprensible que el presidente López Obrador pretenda bloquear el ejercicio de derechos ya reconocidos en la Constitución Mexicana y en organismos internacionales. Con este decreto, el presidente se alineó con las grandes empresas extractivistas, porque ellos también buscan excluir a los pueblos marginados y vulnerables de sus planes para alentar sus proyectos a pesar del costo humano y ambiental. La transparencia en cuanto a las obras públicas de infraestructura importa porque es la única vía por la cual las personas afectadas pueden averiguar si dichas inversiones pueden afectar sus propiedades, su salud, su trabajo, y en general su bienestar comunitario.

Al excluir al público de estos derechos simplemente porque son inversiones públicas, el efecto que se tiene es el de privilegiar al Estado constructor sobre el Estado de derecho. Por eso, el INAI rechazó el decreto del presidente e interpuso un amparo. En diciembre de 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación anuló el “decreto elefante”. En otro intento por debilitar la democracia, el presidente quiso convertir al INAI en una dependencia del gobierno, lo cual hubiera eliminado esa voz independiente y hubiera socavado a ese defensor del derecho humano a la información.

Parece haber una nueva división de clase en México y otros países del continente, pero no es entre el capital y el trabajador, ni entre la clase media urbana y el campo, ni el poder económico global y el productor doméstico, ni entre el Estado y la iniciativa privada. Atraviesa todas esas categorías: es transversal. No es transclasista como afirman algunos analistas, porque existe una comunalidad entre los intereses de cada grupo que es visible en diferentes países y a lo largo de varios años. También porque hay un marcado desequilibrio de poder entre ambos. Es más duradero. Es entre los desarrolladores y las personas que buscan conservar sus recursos naturales, su cultura, la biodiversidad, las tradiciones y costumbres históricas. Estos últimos también tienen una visión del bienestar común. Son seres humanos con derechos que merecen ser respetados y son dignos de una calidad de vida que corresponda con la historia natural mexicana y el entendimiento de quiénes somos como sociedad.

El desarrollo no es fácil ni rápido, y este proceso requiere la protección de personas cuyas vidas están en peligro por proteger su entorno, como la del activista Vicente Suástegui. Los derechos humanos son de mayor importancia que cualquier proyecto de infraestructura, el respeto por la vida digna debe de mantenerse por encima de cualquier capricho presidencial.

 

Mark Aspinwall
Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE)

 

Referencias

Bernhard, M.; Fernandes, T., y Branco, R. “Introduction: Civil Society and Democracy in an Era of Inequality”, Comparative Politics, vol. 49, N.º 3, 2017, pp. 297-309.

Foyer, J., y Dumoulin, D. “The Environmentalism of NGOs Versus Environmentalism of the Poor? Mexico’s Social–Environmental Coalitions”, Handbook of Social Movements across Latin America, 2015.

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Publicado en: Propuestas y resistencia