Ecocidio, crimen de lesa transhumanidad

Cada vez parecen más claras las señales de que el mundo que habitamos se devasta y que la crisis lo ocupa todo. Sea de manera premeditada, o como un efecto colateral, la destrucción natural cada vez asume más las formas de un verdadero Ecocidio. Diversas regiones, territorios, y ecosistemas del planeta desaparecen por efecto de la modernidad ilustrada. Por una parte, percibimos una conciencia colectiva, voces que se alzan contra esta barbarie, y por otra parte, parece imponerse un perverso silencio ante las pérdidas diarias de formas y sistemas de vida que son cruciales.

El planeta se deteriora, la vida se hace cada vez más precaria y miserable, las especies desaparecen y nosotros pareciéramos no ser capaces de aquilatar el significado de tanta destrucción. Prevalece en el mundo de hoy, en los valores que guían nuestras acciones, en nuestros códigos morales y en las normas que rigen nuestra conducta, la idea de que la naturaleza no tiene un valor por sí misma. En este marco es impensable como objeto de consideración moral, como fin y no como medio. Prevalece la idea de pensarla como algo que sólo importa para brindar bienestar y confort a una élite mundial gozosa y egoísta.

Por si fuera poco, las medidas, las acciones, las políticas puestas en marcha para detener la precarización de las vidas humanas y no humanas no solamente son insuficientes, sino que, en muchos de sus aspectos, son simples paliativos para hacer que el sistema económico y político siga haciéndose sustentable y florezca a costa de la devastación de la vida. Nace así un sentimiento colectivo cada vez más amplio e inquietante de que los gobiernos, y quienes han desatado la catástrofe, no están haciendo nada por atacar las verdaderas causas. Se propaga el sentimiento de que la vida humana pende de un hilo, y que es importante hacer algo, tomar decisiones, acciones urgentes, antes de que el colapso anunciado se haga realidad.

Ilustración: Cam de la Fu

El Ecocidio como delito internacional

En este contexto, se hace pública la propuesta del grupo de juristas internacionales reunidos bajo la iniciativa de la organización Stop Ecocide para someter ante el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI) una definición de Ecocidio, jurídica y políticamente viable. Se trata de proponer su incorporación como el quinto delito internacional a ser perseguido por la Corte, con lo cual la defensa del planeta pudiera tomar mayor seriedad. Los otros cuatro delitos sujetos a la acción de la Corte son: el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra, y el crimen de agresión.1

El Ecocidio se convertiría en el primer acto criminal internacional nuevo a ser perseguido desde los años cuarenta, cuando los criminales nazis fueron llevados a los juicios de Nuremberg.2 En este sentido constituye también un acontecimiento importante y un acto de gran relevancia. Se avanzaría así en la lucha por hacer de la destrucción de la vida planetaria, de la humana y de la no humana, un acto condenable y castigable.  Resultaría también importante para la protección de aquella vida que es excluida y dejada morir por el sistema utilitarista que nos rige.3

La posible incorporación del Ecocidio como un acto criminal por la Corte Internacional no sería un acto jurídico cualquiera. Su trascendencia tendría que ver con el carácter ético, filosófico y político transhumano que lo anima. Esto es, no limitarse a su contenido humanitario, como ocurre con los otros cuatro delitos que la Corte Internacional persigue. Esta definición de Ecocidio incorpora una dimensión que pretende ser no antropocéntrica en tanto que considera a la destrucción de la naturaleza bajo su existencia ecosistémica.

Un delito de lesa transhumanidad

No es nueva la idea de proponer al Ecocidio ante instancias jurídicas internacionales como un delito de lesa humanidad. La guerra de Vietnam lo hizo entrar a la conciencia mundial. El despliegue de armamentos químicos y biológicos como el agente naranja,con su efecto devastador en los ecosistemas y en las vidas humanas, hizo nacer un sentimiento de ultraje, de indignación, anhelo de justicia y deseo de castigo.

Desde la cumbre de Estocolmo de 1972, el primer ministro Olof Palme presentó una iniciativa para hacer de la destrucción de la naturaleza algo que debería someterse a la justicia internacional; lo mismo que las iniciativas y la lucha emprendida durante toda su vida por la abogada escocesa Polly Higgins quien, hasta su muerte en 2019, pugnó mediante contundentes planteamientos jurídico-políticos por llevar a juicio a los responsables de actos de destrucción de la naturaleza.4

Lo que resulta novedoso de esta nueva propuesta es la posibilidad de constituir a la naturaleza como sujeto de derecho, asumirla en su valor intrínseco y no únicamente, aunque también, por sus beneficios a la humanidad. Estaríamos ante la posibilidad de hablar de un delito de lesa transhumanidad, algo de gran valor simbólico para la causa ambiental y por lo que han luchado pensadores, activistas y diversos movimientos ambientales.

De llevarse a sus últimas consecuencias, esta propuesta avanzaría hacia una esperanzadora y libertaria forma de pensar en el sistema de la vida. Pero, sobre todo, representaría una posibilidad de tocar un poco del fondo de las causas de los problemas ambientales. Trascender particularmente esa idea iluminista que anima el quehacer del mundo moderno de pensar a la naturaleza como un enemigo a vencer. Superar esa manera de pensarnos en lucha contra la naturaleza, de medir el progreso humano en la medida que se logra el dominio, el sometimiento, la puesta al servicio total de la naturaleza a la causa humana. Por cierto, no de todos los humanos, sino en especial de quienes comandan la economía y la política, y de quienes acaparan y concentran la riqueza producida por las mayorías empobrecidas y excluidas.

La definición del Ecocidio del grupo internacional de juristas convocados por el grupo Stop Ecocide es sólo una propuesta. Ahora empezará un periodo de consulta pública, antes de ser sometida a los integrantes del Estatuto de Roma. Allí enfrentará diversos obstáculos, intereses de corporaciones, y países que se sentirán amenazados. El momento actual es propicio para que la iniciativa prospere. La pandemia nos ha enfrentado a nuestra vulnerabilidad y a la banalidad de nuestra arrogancia. Cuando más seguros parecíamos de dominar científica y tecnológicamente a la naturaleza, un microscópico representante del mundo no humano nos ha mostrado la inmensidad de su poder decidiendo el rumbo de nuestras vidas, poniéndonos en un encierro forzoso por más de un año.

Los límites de la propuesta

La propuesta de definición de Ecocidio es significativa, representa un avance importante a nivel propositivo, discursivo, y se puede convertir en una base jurídica para iniciar procesos concretos de enjuiciamiento de diversos agentes que dañan a la naturaleza. Deja, no obstante, mucho que desear, grandes dudas y muchas incertidumbres. Ante la posibilidad de que sea bloqueada por los distintos grupos de poder nacionales e internacionales, se tuvo que utilizar un lenguaje muy moderado, definir conceptos, términos y un fraseo que no tuviera implicaciones jurídicas demasiado amenazantes a los grupos de poder. Por ejemplo, se decidió no incluir directamente al cambio climático y no poner bajo la mira punitiva a corporaciones o países. En cambio, abre la posibilidad de enjuiciar a personas, representantes de Estados y corporativos. No tendría efectos retroactivos y no podría dirigirse en contra de agentes o corporaciones que, aun cuando estén provocando daños ambientales severos, actúen bajo un marco legal. Es importante recordar que una gran parte del daño y la devastación ambiental la producen agentes económicos que operan bajo los marcos legales nacionales e internacionales. Para que los actos desencadenantes de daño ambiental fueran objeto de la intervención de la Corte Internacional, tendrían que ser ilegales, premeditados y arbitrarios. De otra manera seguirán teniendo licencia para destruir al medio ambiente.

Hay, en el centro de este loable intento por tomar iniciativas de fondo para proteger a la naturaleza, un inevitable aspecto de condescendencia con las estructuras de poder del sistema socioeconómico vigente. Este consiste en que, al pretender reducir la acción punitiva de la Corte Internacional a los representantes de las corporaciones o gobiernos, se deja intacto al sistema, a las corporaciones, a la lógica devastadora de la economía que somete sin restricciones la naturaleza al mercado y a los requerimientos de rentabilidad de la economía y sus agentes. Es decir, se dejaría intacta a la maquinaria que produce la devastación. En los hechos se estaría sacrificando a algunos de sus prescindibles funcionarios y ejecutivos para salvar al sistema, ese sistema que florece destruyendo la vida humana y no humana.

 

José Luis Lezama
Cofundador del Centro de Estudios Críticos Ambientales Tulish Balam


1 Altares, G. “Nace un delito contra el planeta: el ecocidio”, El País, 22 de junio del 2021.

2 Siddique, H. “Legal experts worldwide draw up ‘historic’ definition of ecocide”, The Guardian, 22 de junio del 2021.

3 Ibid.

4 Ibid.


Un comentario en “Ecocidio, crimen de lesa transhumanidad

  1. Esta bien la iniciativa de castigar a los responsables, considero que es muy importante crear un organismo que tenga a la mano un escuadrón que este regulando y velando los ideales del media ambiente.

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